LOS TÍTULOS NOBILIARIOS Y LA LEY 33/2006

PartidasEl conferenciante, D. José Segundo Miguel y Sánchez, Abogado y experto en Derecho Nobiliario, nos introduce en la triste realidad de una norma política, hecha por el legislador en un momento oportunista de querer reafirmar la igualdad de sexos. El resultado es que, tras la Ley 33/2006, sigue, en realidad, un panorama normativo complejo, arrastrado desde hace bastante tiempo, ya que las controversias en materia de títulos nobiliarios no sólo se limitan a la preferencia de varones sobre mujeres, sino también a la aplicación de los principios de propincuidad o de primogenitura.
Respecto al de primogenitura o masculinidad, regulado en nuestro Derecho Nobiliario Histórico, la ley acaba con él, obviando que dicho principio daba sólo preferencia al varón sobre la mujer, pero no la excluía; y por tratarse sólo de preferencia, el título se transmitía sin violencia a la mujer cuando no había varón que lo recibiese. Dicha norma deroga, en su artículo 2, algo que surgió de la voluntad del fundador, que no ha supuesto discriminación, sino manifestación de una idea de la concesión acorde con la tradición histórica, base y fundamento del mantenimiento de los títulos nobiliarios, pues éstos no tienen sentido sin la costumbre e idea tradicional de distinción y linaje.
En fin, la citada ley lo que hace es modificar la sucesión irregular en los títulos nobiliarios, establecida expresamente en la real cédula o carta regia de concesión de un título. Otro despropósito más.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *